Como medida para combatir la inseguridad en la Ciudad de México el gobierno capitalino a través de la Secretaría de Seguridad Ciudadana informó que se realizarán operativos para detectar el uso de portaplacas y serán retiradas en caso de no cumplir con ciertos requisitos.
Básicamente aquellos modelos de portaplacas que impidan la visualización de los datos del auto o permitan el fraude a través de la modificación de la identificación del vehículo a través de las cámaras de seguridad, operativos u otros sistemas de vigilancia.
En el reglamento de tránsito de la CDMX se especifica en su artículo 45 que todos los vehículos motorizados deben portar sus placas en un lugar visible y destinado por el fabricante. Estas placas deben cumplir con la norma vigente y de inclumplir cualquiera de los puntos, el dueño será multado con montos de entre $1,131 y $2,263 pesos.
Artículo 45.- Los vehículos motorizados que circulen en el territorio de la Ciudad de México deben de contar con:
I. Placas de matrícula frontal y posterior, o permiso provisional vigentes correspondiente al tipo de vehículo, o en su defecto, la copia certificada de la denuncia de la pérdida de las placas de matrícula ante el agente del Ministerio Público o la constancia de hechos ante el Juez Cívico, la cual no deberá exceder del término de 10 días hábiles a partir de la fecha de su expedición; mismos que deberán:
a) Estar colocadas en el lugar destinado por el fabricante del vehículo;
b) Encontrarse libres de cualquier objeto o sustancia que dificulte u obstruya su visibilidad o su registro, así como luces de neón alrededor;
c) Coincidir; con la calcomanía permanente de circulación, con la tarjeta de circulación y con los registros del control vehicular, en caso de no ser así, el agente autorizado para infraccionar deberá retener las placas de circulación frontal y posterior, lo cual hará constar en la boleta de sanción. Las placas de circulación retenidas por no coincidir con el vehículo en circulación le serán devueltas a la persona que acredite su legítima propiedad en las oficinas de Seguridad Ciudadana; mientras que el vehículo será remitido al depósito vehicular.
d) Tener la dimensión y características que especifique la Norma Oficial Mexicana respectiva; y
e) En el caso de motocicletas, la placa deberá estar colocada en un lugar visible, con la lectura en dirección hacia la parte trasera del vehículo, con una inclinación entre 60° y 120°, con base en su eje horizontal.
Los datos que deben visualizarse correctamente en las placas son:
- El número y letra de la matrícula
- El código QR
- La entidad federativa
- El tipo de transporte (particular o público)
Por ello es importante evitar aditamentos que sean:
- Demasiado gruesos
- Que oculten los datos antes mencionados con publicidad
- Que utilicen materiales reflejantes