Con la finalidad de facilitar a las empresas la presentación de la Declaración Anual 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó unb micrositio con el propósito de que los contribuyentes consulten lo utilicen cumplir de manera simplificada y ágil.
El micrositio se encuentra añojado en la dirección electrónica http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2024/Paginas/Declaracion2024Empresas/index.html,
Además de las cajas de información para presentar la declaración el micrositio cuenta con tutoriales para la presentación para Régimen General, estados financieros y Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), en el apartado “Materiales Adicionales”.
También se brinda información de los campos que se encuentran en el formulario de la declaración:
• Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
• PTU pagada en el ejercicio.
• Retenciones efectivamente pagadas, como ISR sueldos y salarios, ISR asimilados a salarios, ISR arrendamiento e ISR RESICO.
• Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo.
• Los CFDI emitidos por concepto de descuentos, devoluciones y bonificaciones.
En este micrositio a cargo del SAT también se puede consultar la información referente a los diferentes regímenes que deben presentarla; así como el apartado “Requisitos”, donde pueden revisar que el RFC se encuentre actualizado y vigente; renovar la e.firma y generar o renovar la Contraseña.
Cuenta con una sección referente al “Periodo de liquidación”, el cual se aplica cuando una sociedad entra en liquidación, el ejercicio fiscal termina anticipadamente y se debe generar un ejercicio por el tiempo que la sociedad se encuentra en liquidación, de conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal de la Federación.
Los contribuyentes también encontrarán guías de llenado para el Régimen General y el RESICO, y un apartado para resolver preguntas frecuentes de quienes presentan la Declaración Anual. Además, en el apartado “Beneficios y mejoras” se explica al contribuyente de dónde proviene la información que se encuentra precargada en el formulario de la declaración.
Toda esta información estará disponible hasta el 31 de marzo, fecha en que vence el plazo de la empresas para cumplir con esta obligación fiscal.