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El comercio exterior cuenta con ciertas obligaciones ante la autoridad. Es importante aprender a identificar errores que pueden ser oportunamente corregidos. Identificar anexos faltantes que dan legalidad a la operación, ayudará a evitar el pago de multas
Las obligaciones de las personas que introduzcan mercancías al territorio nacional o las extraigan del mismo se encuentran definidas en la Ley Aduanera en el Título Tercero Contribuciones, cuotas compensatorias y demás regulaciones y restricciones no arancelarias al comercio exterior Capítulo I Hechos gravados, contribuyentes y responsables afirman los especialistas en De la Paz, Costemalle – DFK.
A grandes rasgos la ley establece que es necesario:
Contar con sistemas de control de inventarios en forma automatizada para el control de mercancías de comercio exterior. Validación de certificación de origen, para efectos de preferencias arancelarias. Presentación de Manifestación de Valor, que permita determinar el valor en aduana de las mercancías. Estar inscritos en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial. Formar un expediente electrónico de cada uno de los pedimentos. Transmitir mediante documento electrónico a las autoridades aduaneras la información relativa al valor de las mercancías
Todo lo anterior se establece por medio del Comprobante de Valor Electrónico (COVE). Comparten los especialistas en De la Paz, Costemalle- DFK.
Formar un expediente electrónico de cada uno de los pedimentos, avisos consolidados, documento aduanero de que se trate, el cual deberá contener el propio pedimento en el formato en que se haya transmitido.
Los anexos, junto con sus acuses electrónicos, y deberá conservarse como parte de la contabilidad por los plazos establecidos en el Código Fiscal de la Federación. (Art. 30 – 5 años)
Información transmitida en el sistema público aduanero
Pedimento + Anexos = Expediente electrónico
Acuses electrónicos
Algunos documentos que integran el expediente son:
Factura comercial. Valoración aduanera. Incoterms (incrementables y decrementables). Regulaciones y restricciones no arancelarias. Identificadores y sus complementos en pedimentos. Cantidad de mercancía. Preferencias arancelarias (certificado de origen). Pagos al proveedor. Pagos a operadores de Comercio Exterior.
Es importante contar con aliados expertos que conozcan a detalle como integrar este expediente, ya que eso facilitará el proceso y procedimiento ante la autoridad.
En De la Paz, Costemalle – DFK se cuenta con un equipo de expertos que conocen a detalle los requerimientos de la ley, los beneficios y en caso de no cumplirlos las consecuencias de estos.
Además, contar con diferentes opciones para regularse de la mejor forma sin afectar a la empresa es ideal e indispensable por eso y muchas razones más hay que acercarse a los especialistas en De la Paz, Costemalle – DFK.
Fuente Comunicae